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¡Atención! MinHacienda Propone Retención del 1.5% en Pagos Digitales, Incluyendo Bre-B
¿Cómo afecta la propuesta de Retefuente a las billeteras digitales y a tu negocio?
10/23/20253 min leer
El panorama de los pagos electrónicos en Colombia está a punto de experimentar un cambio significativo. A pesar de que el sistema de pagos inmediatos Bre-B, impulsado por el Banco de la República, entró en operación oficial apenas el pasado 6 de octubre de 2025, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) ya ha presentado un proyecto de decreto que busca aplicar la retención en la fuente (retefuente) a los pagos efectuados a través de Bre-B y otras billeteras digitales.
Este proyecto de decreto está actualmente abierto a comentarios y, según se informa, se firmaría el próximo viernes 25 de octubre para su entrada en vigor.
El Objetivo: Equiparar las Condiciones Tributarias
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es la entidad detrás de esta propuesta, la cual busca corregir el tratamiento disímil o dispar en la tarifa de retención en la fuente existente actualmente entre los diferentes medios de pago.
Hasta el momento, solo los pagos realizados con tarjetas de crédito o débito estaban sujetos a retención (a una tarifa del 1.5%), mientras que las transferencias electrónicas no tenían retención alguna.
El argumento principal de MinHacienda es lograr el "equilibrio de las condiciones", evitando así el "arbitraje entre diferentes productos y reconocer un trato similar entre los medios de pago que ofrecen plena trazabilidad transaccional". Los sistemas de pago han evolucionado para incluir códigos QR, tarjetas digitales y transferencias electrónicas entre depósitos a la vista de bajo monto, y todos ellos deben equipararse fiscalmente.
Los Detalles Clave del Decreto Propuesto
La medida fija una tarifa única del 1.5% para las ventas de bienes y servicios pagadas a través de cualquier instrumento digital.
El decreto modifica específicamente los artículos 1.3.2.1.2., 1.3.2.1.7. y 1.3.2.1.8. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.
Medios de Pago Sometidos a Retención
La retención del 1.5% aplicaría a los pagos o abonos en cuenta por concepto de ventas de bienes o prestación de servicios que se realicen a través de:
• Instrumentos de pago electrónico asociados a un depósito a la vista.
• Tarjetas de crédito y/o débito.
• Otros instrumentos digitales, incluyendo códigos QR, transferencias electrónicas, tarjetas virtuales y billeteras digitales.
¿Quién Practicará la Retención?
Se redefine quiénes serán los responsables de practicar la retención. En adelante, serán:
1. Los adquirentes: Como bancos, pasarelas de pago y sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos (SEDPES).
2. Los agregadores: Si la persona o establecimiento afiliado dispone de un agregador, este será el encargado de efectuar la retención, eximiendo al adquirente de este deber.
Impacto y Excepciones Importantes
Esta propuesta gubernamental, que forma parte de una serie de estrategias para aumentar el recaudo, ha generado preocupación en varios sectores.
• Preocupación en Micro y Pequeñas Empresas: Expertos alegan que esta medida podría afectar a personas y a micro y pequeñas empresas (micronegocios) que se han beneficiado de la flexibilidad de las transferencias, especialmente para bajos montos. Para muchos micronegocios, estos sistemas representaban una oportunidad para ampliar su portafolio de pagos y reducir gastos.
• Excepción Crucial para Personas Naturales No Responsables de IVA: El proyecto contempla una excepción fundamental: se exceptúa de la retención en la fuente a los pagos o abonos en cuenta a favor de personas naturales que no son responsables del IVA (Impuesto sobre las Ventas).
• Base de Cálculo: Para calcular la base de retención, no se incluirán los valores correspondientes a impuestos, tasas, contribuciones o propinas. Es decir, si los pagos incorporan estos conceptos, se descontarán para efectos de la retención, siempre y cuando los beneficiarios sean los recaudadores oficiales.
Conclusión
El proyecto de decreto busca armonizar el tratamiento tributario de los pagos electrónicos, reconociendo que la tecnología (como Bre-B) ha creado nuevos métodos de pago que deben ser sujetos a la misma retención que las tarjetas de crédito y débito.
Te recomendamos estar atento a la publicación oficial del decreto, prevista para el 25 de octubre, y revisar si tu negocio o tus transacciones como persona natural se verán afectados por esta nueva retención del 1.5% sobre los pagos digitales.
